El Contralor General responde con el cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

El Contralor General responde con el cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

  • En el Ejercicio de la atribuciones conferidas en el artículo 14, de la Ley Orgánica de la Contraloría General y del Sistema Nacional de Control Fiscal, a los fines de colaborar con la organización y funcionamiento de las contraloría municipales, y en la elaboración de los instrumentos normativos sublegales que las regulan

El contralor general de la República, Dr. Manuel Galindo Ballesteros, responde con el complimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual garantiza la estabilidad social, política e institucional de la Nación. A partir del martes 7 de mayo de 2016, según la Resolución N° 01-00-000245, publicada en la Gaceta Oficial N° 4.420, el Máximo Órgano de Control Fiscal dicta los lineamientos para  la  organización  y  funcionamiento  de  las  contralorías  municipales. En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 14, numerales 10, 33, 1 y 9 de la Ley Orgánica  de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, a los fines de colaborar con la organización y funcionamiento de las contralorías municipales, y en la elaboración de los instrumentos normativos  sublegales que las regulan.

Entre otros aspectos generales se manifiesta la definición de la normativa interna que sistematizan los reglamentos internos, manuales de organización y de normas y procedimientos. Asimismo, la estructura organizativa de las contralorías municipales y la distribución de funciones que le compete ejercer a las dependencias que las conforman, que será establecida por la contralora o el contralor municipal, mediante la resolución dictada al efecto, en ejercicio de la potestad organizativa que le atribuyen la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración  Pública.

Por otra parte, se considera que de acuerdo con las líneas generales del Plan de la Patria, Proyecto Nacional Simón Bolívar, segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, sancionado por la Asamblea Nacional y publicado en la Gaceta Oficial N° 6.118 Extraordinario, se plantea lograr la irrupción definitiva del nuevo Estado democrático y Social, de Derecho y de Justicia, la necesidad de acelerar la construcción de una nueva plataforma institucional y el logro de una cultura revolucionaria del sector público, regida por la nueva ética socialista que promueve la actuación de Estado fundamentada en el principio de la Administración Pública al servicio de las personas.

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